domingo, 15 de noviembre de 2009
COLONY PARK SA Y LOS EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS EN EL DELTA DEL PARANA SON CONTROLADOS DESDE EL AIRE
La Asamblea Río de la Plata Cuenca Internacional recibió la colaboración gratuita de los ingenieros de la Empresa FixView, para filmar desde el aire la zona del Delta del Paraná afectada por los emprendimientos inmobiliarios; lo que permitirá aportar pruebas fehacientes del estrago ecológico en las causas penales que llevan adelante en los juzgados Penal Federal Nº 1 y Fiscalía Local de San Isidro
Los emprendimientos inmobiliarios que se están construyendo ilegalmente en el Delta del Paraná como Colony Park, Isla del Este, Poblado Isleño, Delta Eco Spa, Alba Nueva, Santa Mónica, Parque de La Isla y otros, están siendo filmados continuamente desde el aire, por medio de los isleños integrantes de la Asamblea Río de la Plata Cuenca Internacional. La Empresa "FixView" facilita su tecnología de punta mediante un sistema de filmación aérea por medio de un pequeño avión a control remoto.
Las pruebas obtenidas por ésta tecnología de filmación, permite en forma detallada indicar, a la administracion de justicia a nivel nacional e internacional, el impacto ambiental acumulativo, que todos los emprendimientos inmobiliarios están produciendo en el Delta, contra la fauna, la flora, el sistema hídrico, el perjuicio en la navegabilidad de las rías y la agresión contra la población civil, denunciado como crímen de lesa humanidad.
Como las autoridades municipales de Tigre y San Fernando, afirman que Colony Park SA está clausurada, ahora con las filmaciones aéreas, mediante este sistema tecnológico de "FixView", los isleños prueban cual es la verdad; y la administración de justicia podrá comprobar el delito endilgado, de incumplimiento a los deberes de funcionario público, haciendo realidad la propuesta de los isleños: "MASSA TE ESTAMOS MIRANDO"
La Asamblea Río de la Plata Cuenca Internacional, probará mediante estas filmaciones aéreas, si las empresas involucradas o los funcionarios públicos de los departamentos ambientales a nivel municipal, provincial o nacional, omiten o realizan lo siguiente:
1º- Un real seguimiento del cumplimiento de la legislación aplicable, bajo la tutela del art. 41 CN, autorizando solo cuando se hayan reunido todos los estudios necesarios para las obras de dragado, EIA.
2º- Campañas de Monitoreo, mediante el análisis de los sedimentos removidos, que permita operar con un alto grado de seguridad en cuanto a los riesgos ambientales que puedan ocurrir.
3º- Medidas de mitigación.
4º- Relevamientos de la vías navegables que estan siendo afectadas en su regimen hidraúlico, perjudicando la navegabilidad, el comercio, el turismo, como lo denunciado en el Arroyo Anguila, La Paloma, Pacú, Canal Vinculación, Río Lujan y San Antonio.
5º- Control del comportamiento del material dragado depositado, elaborando un Mapa Hidrosedimentológico que permita conocer con precisión los puntos críticos en áreas cuyos niveles de contaminación superan estándares, pues la población isleña depende del agua de superficie para consumo.
6º- Confinamiento del material dragado.
7º- Plan de Contingencias.
8º- Indicar qué tipo de obras se debe efectuar para evitar que el material de relleno ingrese a la vía navegable.
9º- Control de la elevación de cota en isla aluvional, perdiendo la función ecológica de neutralización de las mareas.
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