miércoles, 26 de mayo de 2010
EN EL BICENTENARIO DEL "25 de mayo de 1810" LOS ISLEÑOS DEL DELTA DEL PARANA QUIEREN SABER DE QUE SE TRATA
Mañana 27 de mayo, se presentan los isleños nuevamente en la UFI 2 de Pacheco para Ampliar Denuncia por Hurto Robo y daños a sus bienes contra Colony Park SA; porque estiman que en el fin de samana largo, cuando se encontraban con sus familiares en el continente, les destruyeron nuevamente sus carteles identificatorios de sus propiedades y sus carteles donde constaba el Numero de Causa y el Numero de IPP, sospechando que fueron los de la empresa Colony Park SA, como se observa en la foto.
El isleño Orlando Arroyo junto a sus compañeros antes de retirarse el 21 de mayo de 2010, de su propiedad "Isla de Orlando" con su numero de causa y numero de IPP.
Juan Derganz cuando regresa a su hogar sus arboles se encuentran caidos. Junto a otros isleños en su propiedad denominada "Delta Juan" y un cartel con numero de Causa y el IPP de la Fiscalia de Pacheco donde asento su denuncia contra Colony Park SA
El Isleño Ernesto Jorge Castro, que si bien tuvo que evacuar a su familia de 12 hijos nacidos en su propiedad "El Yacare" resiste junto sus vecinos y puso la causa de su denuncia contra Colony Park SA
El Presidente de la "Asamblea Rio de la Plata Cuenca Internacional" isleños Antonio Ledesma, en su propiedad "Maria Laura" señalando las embarcaciones que destruiyen el ecosistema de su isla, en la margen derecha del navegable Arroyo Anguila que conecta al Internacional Rio Parana con el Internacional Rio de la Plata.
El 21 de mayo de 2009, Antonio resistiendo en su propiedad "Maria Laura" donde en un cartel indica el numero de causa y el numero de la investigacion penal previa en la UFI 2 de Pacheco.
Una de las características más importante del Arroyo Anguila, es la libre navegabilidad al interconectar ríos internacionales (Río Paraná y el Río de la Plata), permitiendo a su población el transporte fluvial en forma continua comerciando, pescando, cosechando juncos, transportando turistas o cargas como maderas o artesanías; y además, le escribieron un libro titulado “SUDESTE”, a cuyo autor Haroldo Conti lo hicieron desaparecer en la época de la dictadura militar de la década del 70.
Por esas raras ironías de la vida, al Arroyo Anguila, juntamente con la población originaria isleña que vive a sus orillas en sus hogares en palafito, narrada y descripta en “Sudeste” por Haroldo Conti, hoy como a él ayer, los quieren hacer desaparecer, también en forma ilegal, como en una dictadura democrática en el año del bicentenario.
sábado, 8 de mayo de 2010
QUERELLA RECUSA FISCAL FEDERAL
DR ENRIQUE CARLOS FERRECCIO - p/ la querella
DOMICILIO: AV.101 Nº1733 CAS. 6538 SAN MARTÍN
CARÁCTER:(urgente, notificaren el día, habilitación de día y hora inhábil)
EXPTE Nº 9302 71.10 FEDERAL 1 PENAL
FUERO FEDERAL PENAL TRIBUNAL: C.F.A.S.M.
Hago saber a Ud. que en el Exp. caratulado: "INCIDENTE DE RECUSACIÓN PROMOVIDO POR EL DR. ENRIQUE CARLOS FERRECIO ALTUBE" que se tramita por ante este Tribunal, se ha dictado la RESOLUCIÓN de fecha 29/04/10 que en fotocopia se adjunta a la presente-
QUEDA UD. NOTIFICADO.
LA EXCMA. CAMARA FEDERAL DE APELACION PENAL FEDERAL DE SAN MARTIN RESUELVE:
REVOCAR LA RESOLUCION APELADA EN CUANTO FUERA MATERIA DE RECURSO. REGISTRESE. NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE.
Ahora se efectuará la audiencia del art. 71 del CPPN, donde las partes seran la Querella y el Sr. Fiscal Federal Dr. Sebastián Lorenzo Basso; magistrado recusado, por sospecha de parcialidad y falta de objetividad en su accionar en la instrucción de la causa donde se investiga la presunta comision de los delitos de lesa humanidad, daño ambiental colectivo, usurpación de tierras fiscales, incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, abuso de autoridad, como del personal de la Prefectura Naval Argentina, Funcionarios del Estado Nacional (Dirección Nacional de Vias Navegables, Secretaria del Desarrollo Sustentable y Recursos Naturales, Instituto Nacional del Agua), Provincial (Organismo Provincial del Desarrollo Sustentable, OPDS, Autoridad del Agua. ADA)y Municipal de Tigre y San Fernando del area anbiental y los que permitieron el uso del suelo mediante prefactibilidad; todo, por la destrucción en calidad de estrago que se encontraria cometiendo la Empresa Inmobiliaria Colony Park SA y otros en la Primera Sección de Islas Del Delta del Paraná desde mediados del 2008. Conforme obra en el presente blog de la Asamblea de vecinos autoconvocados.
DOMICILIO: AV.101 Nº1733 CAS. 6538 SAN MARTÍN
CARÁCTER:(urgente, notificaren el día, habilitación de día y hora inhábil)
EXPTE Nº 9302 71.10 FEDERAL 1 PENAL
FUERO FEDERAL PENAL TRIBUNAL: C.F.A.S.M.
Hago saber a Ud. que en el Exp. caratulado: "INCIDENTE DE RECUSACIÓN PROMOVIDO POR EL DR. ENRIQUE CARLOS FERRECIO ALTUBE" que se tramita por ante este Tribunal, se ha dictado la RESOLUCIÓN de fecha 29/04/10 que en fotocopia se adjunta a la presente-
QUEDA UD. NOTIFICADO.
LA EXCMA. CAMARA FEDERAL DE APELACION PENAL FEDERAL DE SAN MARTIN RESUELVE:
REVOCAR LA RESOLUCION APELADA EN CUANTO FUERA MATERIA DE RECURSO. REGISTRESE. NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE.
Ahora se efectuará la audiencia del art. 71 del CPPN, donde las partes seran la Querella y el Sr. Fiscal Federal Dr. Sebastián Lorenzo Basso; magistrado recusado, por sospecha de parcialidad y falta de objetividad en su accionar en la instrucción de la causa donde se investiga la presunta comision de los delitos de lesa humanidad, daño ambiental colectivo, usurpación de tierras fiscales, incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, abuso de autoridad, como del personal de la Prefectura Naval Argentina, Funcionarios del Estado Nacional (Dirección Nacional de Vias Navegables, Secretaria del Desarrollo Sustentable y Recursos Naturales, Instituto Nacional del Agua), Provincial (Organismo Provincial del Desarrollo Sustentable, OPDS, Autoridad del Agua. ADA)y Municipal de Tigre y San Fernando del area anbiental y los que permitieron el uso del suelo mediante prefactibilidad; todo, por la destrucción en calidad de estrago que se encontraria cometiendo la Empresa Inmobiliaria Colony Park SA y otros en la Primera Sección de Islas Del Delta del Paraná desde mediados del 2008. Conforme obra en el presente blog de la Asamblea de vecinos autoconvocados.
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