lunes, 1 de agosto de 2011

TODOS CON EL PUEBLO DE ESCOBAR


EL AGREDIDO PUEBLO DE ESCOBAR Y SUS ONG AMBIENTALISTAS JUNTO A LA ASAMBLEA RIO DE LA PLATA CUENCA INTERNACIONAL, han convocado a todos los habitantes que colindan con la Cuenca del Rio de la Plata y Delta del Paraná, y en especial a todas las organizaciones sociales y ambientales, que se hagan presentes el próximo 5 de agosto a las 16:00 hs en Escobar, para informarse y debatir entre todos la búsqueda de soluciones por la agresión continua, sistemática y generalizada contra la población civil de toda la cuenca, que representa el puerto regasificador privado de UTE Escobar (ENARSA – REPSOL-YPF), que fuera inaugurado el 8 de junio del 2011, por la Sra. Presidente Cristina Fernández de Kirchner.

I.- Causas instrumentadas por el Pueblo de Escobar en el fuero civil y penal federal.
A-) Causa registrada con el Nº 1619 caratulada “REBASA VIVIANA RAQUEL Y OTROS s/ SU DENUNCIA c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS” correspondiente al Juzgado Penal Federal de Campana, a cargo del Sr Juez DR. ADRIÁN GONZÁLEZ CHARVAY, Secretaria Nº 2, ante la presunta comisión de los siguientes delitos: DELITO DE PELIGRO POR RIESGO DE EXPLOSIÓN GAS METANO. PERJUICIO EN LA NAVEGACIÓN Y EN SU SEGURIDAD. USURPACION DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO. USURPACION DE AGUAS BIEN INMUEBLE. REITERA MEDIDA AUTOSATISFACTIVA. SOLICITA APLICACIÓN ART. 29 C.N. CRIMEN DE LESA HUMANIDAD.
Los vecinos autoconvocados del Pueblo de Escobar solicitan al Sr. Juez Federal que se investigue, la presunta comisión de los delitos de perjuicio en la libre navegación y su seguridad del Paraná de las Palmas, usurpación de bienes del dominio y uso público, usurpación de aguas como bien inmueble, delitos de peligro por explosión (art. 106: El que pusiere en peligro la vida o salud de otro,...), daños por estrago y crimen de lesa humanidad, ante el accionar sistemático, continuo y generalizado contra la población civil y la biodiversidad, por parte de empresas privadas como la que construye Escobar LNG, Puerto Terminal Privado de UTE Escobar (ENARSA – REPSOL-YPF) para la regasificación de Gas Natural Licuado, y empresas inmobiliarias para “Urbanizaciones Cerradas” como Consultatio, que construyó “Nordelta” y ahora intenta construir “Cuidad del Lago” en el Municipio de Escobar donde concentrará alrededor de 20 barrios Premium sobre una superficie de 1.440 hectáreas inundables, en connivencia con autoridades públicas del estado nacional, provincial, municipal y por otros megaemprendimientos, en la zona, omitiendo realizar el proceso administrativo justo previo de evaluación de impacto ambiental, que los autorice a realizar las obranzas, siempre a espaldas del pueblo que es el soberano y debe saber de que se trata; por ello se encuentra prevista en la LEY la convocatoria de la “audiencia pública”, excluida en los hechos denunciados.
Motiva esta denuncia también, el mandato constitucional de procurar la preservación del ambiente para nosotros, y por el principio de solidaridad, para las generaciones futuras, conforme el art. 41 de la Carta Magna que en relación al ambiente dice: “Todos...y tienen el deber de preservarlo”.

B-) Causa registrada bajo el Nº P-2326 caratulada “REBASA, VIVIANA RAQUEL y OTROS s/ ACCION de AMPARO c/ Estado Nacional, Provincial y otros” ante el Juzgado Correccional Nº 1 Departamental, a cargo del Sr. Juez DR. JAVIER ALFREDO ROMAÑUK, por daño ambiental colectivo, en los términos del art. 41 y 43 de la Constitución Nacional, Pactos Internacionales incorporados por el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, el art. 20 inc. 2º y el art. 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el art. 30 de la Ley 25.675, se interpuso formal acción de amparo contra quién o quienes resulten responsables del daño ambiental colectivo en la jurisdicción de la Municipalidad de Escobar, en la zona del Km. 74 margen derecha del Río Paraná de las Palmas perteneciente al internacional Río de la Plata. Motiva la acción, el movimiento de tierras en la zona, el endicamiento, el dragado, secado de arroyos, canalizaciones, desmontes, y alteración de la línea de ribera, que provoca cambios del curso de las corrientes de agua, lo que está afectando y poniendo en altísimo riesgo la vida y salud de todas las personas que habitan en dicha zona por peligro de inundación, alteración de la calidad de las aguas, y la presunta comisión del delito de peligro ante la construcción de un puerto privado de la empresa UTE ENARSA y REPSOL YPF para la regasificación de Gas Natural Licuado, para amarre del Buque regasificador, con peligro potencial de explosión y contaminación en la zona próxima a las vivienda de los vecinos de Escobar; alterando la biodiversidad e impedir el funcionamiento sustentable del ecosistema deltaico, perjudicando la libre navegación, la seguridad en la navegación, la vida de la población civil, el comercio y el turismo.
Esta terminal de gas está localizada en Escobar, a 48 kilómetros al norte de la Ciudad de Buenos Aires, conocida como “Escobar LNG”, tendrá la capacidad para enviar hasta 500 millones de pies cúbicos por día a la red argentina, con el peligro de daño contra la vida de la población civil del Municipio de Escobar en caso de siniestro.

Este accionar de los demandados, en forma actual e inminente lesiona, restringe, altera y amenaza con ilegalidad y arbitrariedad manifiesta derechos y garantías reconocidas en el art. 28 Constitución Provincia de Buenos Aires y art. 41 de nuestra Carta Magna como el derecho a un ambiente sano, equilibrado y menoscaba los presupuestos mínimos de protección ambiental de la Ley General del Ambiente y a los Tratados y Pactos Internacionales.
Al haber omitido, los demandados, el proceso administrativo previo a toda obra para obtener la declaratoria positiva de evaluación de impacto ambiental de las respectivas autoridades de aplicación, en la construcción de un Puerto Privado sobre bienes del dominio y uso público nacional, provincial y municipal, es que solicitamos se declare como cuestión de puro derecho ante la omisión de convocar a la audiencia pública obligatoria en el municipio de Escobar y pedimos como medida cautelar innovativa se ordene la inmediata suspensión de las obras que se están desarrollando actualmente, hasta tanto no se resuelva la presente acción de amparo y dado que existiría peligro en la demora.
Las áreas en donde se desarrolla el “Puerto Regasificador de Escobar” y los emprendimientos inmobiliarios, como “Ciudad del Lago”, forman parte de los valles de inundación de los ríos Paraná de las Palmas y Luján y de los bajos ribereños del Río de la Plata y del Delta del Paraná, que pertenecen a los municipios de Pilar, Campana, Escobar, Tigre, San Fernando, San Isidro y Berazategui; en consecuencia pertenecen al dominio público natural, y no han sido desafectados para uso particular por ley del Congreso de la Nación, por tratarse de bienes del dominio público natural, sobre ríos internacionales, regulados a nivel provincial por la Ley 6253 de Desagües Naturales y su Dec. Reg. Nº 11368, la Ley 6254, art. 59 de la Ley 10128/83, ordenado junto a la Ley 8912/77 por Decreto 3.398/87, convalidado por el art. 4° de la Disposición 984/00 del MOSPBA y refrendado por el Decreto 37/03 del Gobernador (Bol. Ofic. 24.900). La ley 25688 de Presupuestos Mínimos sobre el Régimen Ambiental de Aguas, la Ley 12257 Código Aguas Provincia Buenos Aires, la Ley 11723 Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; Res 289/08 BO del 15/7/08 Anexos 6 y 7, y Código Civil art 2340 inc 3º, 2634, 2638, 2642, 2644 y 2648. A todas estas leyes se suma la ley nacional 23.919 a través de la cual Argentina adhiere al Tratado Internacional Ramsar y se compromete a dar uso sustentable a sus humedales además de incorporar sitios Ramsar, como la Reserva Otamendi, que colinda con el Puerto Terminal de GAS ESCOBAR LNG.
Además, se está omitiendo cumplir con los objetivos del plan PIECAS-DP, acuerdo previo a la aprobación del plan de reordenamiento del Municipio de Escobar.
Se trata el plan PIECAS-DP, de un entendimiento alcanzado por las distintas jurisdicciones durante el Taller Gubernamental “Desarrollo Sostenible en el Delta del Paraná”, realizado los días 11 y 12 de septiembre 2008 en la ciudad de Victoria (Entre Ríos), encuentro técnico del que también participaron representantes de los municipios de San Fernando, Tigre, Escobar, Campana, Zárate, Baradero, San Pedro, Ramallo y San Nicolás (de Buenos Aires); Rosario, San Lorenzo, San Jerónimo y La Capital (Santa Fé) y Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay, Gualeguaychú e Islas del Ibicuy (Entre Ríos), organizaciones no gubernamentales y expertos nacionales en el tema de ecología de paisajes y gestión integrada de los recursos naturales para la conservación y el desarrollo sostenible.
Quedaron así asentadas las bases para promover la integración entre el crecimiento económico, el desarrollo social y la protección del ambiente para el desarrollo sustentable en el Delta del Paraná.
Técnicamente definido como un humedal, el Delta del Paraná -además de albergar una rica diversidad biológica-, cumple múltiples y fundamentales funciones como la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, la retención de sedimentos y nutrientes, la estabilización de costas, la protección contra la erosión, la regulación del clima y una extensa lista de bienes y servicios al hombre, en particular a aquellos que realizan actividades productivas e imprescindibles para quienes realizan actividades de subsistencia en la región desde hace más de dos siglos.

La intención del PIECAS-DP es la de constituirse en una herramienta de ordenamiento ambiental del territorio a partir de objetivos tales como el de “proteger, conservar y aprovechar en forma sostenible los componentes de la diversidad biológica y los recursos naturales en el área”, y “mantener o cuando proceda, restaurar la estructura, las funciones y en general los procesos ecológicos del estratégico ecosistema del Delta del Paraná”.

Los isleños integrantes de la ASAMBLEA RIO DE LA PLATA CUENCA INTERNACIONAL solicitan a todos los habitantes que colindan con la Cuenca del Rio de la Plata y Delta del Paraná, y en especial a todas las organizaciones sociales y ambientales, que se hagan presentes el próximo 5 de agosto a las 16:00 hs en el Círculo de Ajedrez de Escobar, en la calle Yrigoyen 901(esquina Los Lazaristas), a 3 cuadras de La Plaza San Martín, para informarse y debatir entre todos la búsqueda de soluciones por la agresión continua, sistemática y generalizada contra la población civil de toda la cuenca, que representa el puerto regasificador privado de UTE Escobar (ENARSA – REPSOL-YPF), que fuera inaugurado el 8 de junio del 2011 por la Sra. Presidente Cristina Fernández de Kirchner junto al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires Daniel Scioli, acompañados también por el Sr. Ministro de Planificación, Julio De Vido; el Sr. Intendente de Escobar Sandro Guzmán, y el Sr. Presidente de YPF, Enrique Eskenazi; donde se habría intentado darle un viso de legalidad a lo ilegal; como viene sucediendo en la lucha contra COLONY PARK SA

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